El régimen de visitas es el derecho y también la obligación que tiene el progenitor que no tiene la guardia y custodia de los hijos menores de edad o discapacitados mayores de edad para visitarlos, estar y comunicarse con ellos. El régimen de visitas viene regulado en el artículo 94 del Código Civil, así como en otras leyes y tratados, con base al reconocimiento del interés superior del niño. El régimen de visitas no es un propio derecho sino un complejo de derecho-deber o derecho-función, cuyo adecuado cumplimiento tiene por finalidad cubrir las necesidades afectivas y educacionales de los menores en aras a un desarrollo equilibrado de los mismos. Su finalidad no es otra que fomentar las relaciones humanas entre los hijos y sus progenitores y mantener latente la corriente afectiva padres-hijos, pese a la separación o el divorcio, procurando que a los niños no les afecte gravemente la separación de los padres. Tipos de régimen de visitas Podríamos diferenciar el régimen de visitas de los hijos menores atendiendo a si dicho régimen se establece de mutuo acuerdo o por el Juez.
Lista de vinos finos, olorosos, amontillados, y moscateles. Cultura vitivinicola chiclanera La recolecta de Chiclana: recogiendo uva. Cañas contaba la historia en La Voz Dactilar , haciéndose eco de la iniciativa de la bodega localizada al sur de Australia en Barossa Valley. Levante curioso relato nos sirve para afirmar que sí: que Chiclana es gleba de viñas y de vino. Ubicada en la zona de producción del Jerez, y reconocida por la calidad de sus caldos, es conocida en todo el país: tintos dulces, rosados, olorosos, moscateles, finos… Es una academia en lo que referente a los vinos de Chiclana, y cuenta con viñas de la finísima Sauvignon Blanc la uva francesa, original de Burdeos, es un vestigio de cuando la localidad producía mosto a raudales para exportar.